
La Dirección General del Tesoro y Política Financiera ha convocado para el 5 de noviembre una subasta de cuatro referencias de Obligaciones del Estado, con vencimientos entre 2031 y 2041. La operación amplía emisiones que ya están en circulación. Incluye tres referencias con cupón fijo y otra cuyo cupón y amortización se ajustan mediante un coeficiente ligado al índice de precios armonizado de la zona euro, sin tabaco.
La subasta se resolverá el 5 de noviembre y los valores se pondrán en circulación el día 10. Son fechas distintas: el día 5 se adjudican las peticiones y se conocen los precios resultantes, mientras que el 10 se registra la emisión y se liquida el desembolso. La convocatoria no anticipa cuánto se colocará. Ese importe dependerá de las ofertas aceptadas.
Cuatro tramos de emisiones ya existentes
La oferta no abre cuatro series nuevas desde cero. El Tesoro añade títulos a emisiones anteriores, por lo que cada referencia conserva su cupón y vencimiento. Las cuatro tienen características diferentes:
| Referencia | Cupón anual | Vencimiento | | --- | --- | --- | | Obligación con vida residual de unos cuatro años y nueve meses | 3,10 % fijo | 30 de julio de 2031 | | Obligación indexada a la inflación de la zona euro | 0,70 % real | 30 de noviembre de 2033 | | Obligación a diez años | 3,40 % fijo | 31 de octubre de 2036 | | Obligación a quince años | 3,50 % fijo | 31 de enero de 2041 |
La referencia indexada toma como guía el Índice de Precios de Consumo Armonizado ex-tabaco de la zona euro, que publica Eurostat. No utiliza el IPC español ni reproduce la inflación que afronta cada hogar. En esta emisión, el 0,70 % es el cupón real anual. El importe de los pagos y el capital que se devuelve al vencimiento se calculan con el coeficiente de indexación aplicable en cada fecha. Si ese coeficiente fuera inferior a uno al vencimiento, la norma establece la amortización a la par.
La resolución fija en 1,30398 el coeficiente correspondiente a la fecha de emisión del 10 de noviembre. Esa cifra forma parte del cálculo de la referencia indexada. No es el rendimiento final que obtendrá una persona que compre los títulos, porque el precio de adjudicación y el cupón corrido también intervienen en el desembolso y en la rentabilidad efectiva. Los cupones expresados como porcentaje se aplican al nominal y no equivalen, por sí solos, a la rentabilidad final. Sobre 1.000 euros nominales, un cupón fijo del 3,10 % representa 31 euros brutos al año. El 3,40 % representa 34 euros y el 3,50 % representa 35. En la referencia indexada, el 0,70 % es real y los pagos se ajustan con el coeficiente aplicable. El precio de adjudicación, el cupón corrido y las comisiones también pueden modificar el rendimiento de quien compra.
Los primeros pagos de cupón previstos tampoco llegan todos en la misma fecha. La referencia indexada tiene un primer pago el 30 de noviembre de 2026. Para las emisiones al 3,50 %, 3,10 % y 3,40 %, las fechas iniciales son, respectivamente, el 31 de enero, el 30 de julio y el 31 de octubre de 2027. Después, cada referencia mantiene su calendario anual de pagos.
Cómo se presentan y se adjudican las peticiones
En las Obligaciones del Estado, una petición competitiva fija el precio que el comprador ofrece pagar, expresado como porcentaje del valor nominal y con dos decimales. No se presenta como una rentabilidad prometida. El Tesoro ordena esas ofertas de mayor a menor precio y establece un precio mínimo aceptado, llamado precio marginal. Las ofertas que quedan por encima pueden ser aceptadas, aunque un prorrateo puede limitar las presentadas justo en el precio marginal.
El sistema no obliga a que todas las ofertas aceptadas paguen exactamente el mismo precio. Las peticiones competitivas situadas entre el precio marginal y el medio ponderado pagan el precio ofrecido. Las que superan el medio ponderado y las no competitivas se adjudican al precio medio ponderado. En una petición no competitiva no se propone precio: se acepta el precio medio de la subasta, siempre que se haya aceptado alguna oferta competitiva y que el tipo medio ponderado no sea negativo.
El importe mínimo por referencia es de 1.000 euros nominales y las cantidades superiores deben ser múltiplos de 1.000. Para las peticiones no competitivas, el límite general es de cinco millones de euros nominales por suscriptor. El nominal no equivale siempre al efectivo que se abonará. En las referencias ordinarias se añade el cupón corrido hasta la fecha de emisión, y la obligación indexada incorpora el coeficiente que corresponde a su mecanismo de actualización.
Fechas límite para las solicitudes particulares
El anuncio del Banco de España distingue los plazos según el medio de pago para las peticiones directas. La fecha límite con cheque no conformado fue el 2 de noviembre, por lo que ya ha pasado cuando se publica esta noticia. Para las solicitudes con cheque conformado, cheque bancario o efectivo, el plazo indicado llega al 4 de noviembre. Si se paga por transferencia, el importe tiene que estar abonado en el Banco de España antes de las 14.00 de ese mismo día.
La validez de estas fechas puede variar por festivos locales. Quien tramite la petición a través de una entidad financiera debe comprobar el plazo de esa entidad, ya que la intermediación tiene su propio proceso de presentación. Para las solicitudes directas, la convocatoria también detalla el depósito previo, el pago complementario y las condiciones de devolución de los importes cuando una oferta no resulta aceptada.
El cupón no anticipa el rendimiento de la subasta
Los cupones del 3,10 %, 3,40 % y 3,50 % describen los pagos anuales de cada emisión sobre su valor nominal. No son por sí solos la rentabilidad que se obtendrá al comprarla. El precio que se pague puede diferir del nominal, y el cupón corrido modifica el desembolso. En la referencia indexada, el coeficiente de inflación añade otro elemento al cálculo.
La resolución incluye tablas que relacionan precios con rendimientos para las cuatro referencias. Sirven para interpretar cómo se corresponden ambas variables antes de presentar una oferta, pero no son el resultado de la subasta ni fijan un rendimiento que el Tesoro vaya a pagar en todos los casos. Ese resultado dependerá de las peticiones recibidas y aceptadas el 5 de noviembre. La convocatoria permite conocer las condiciones y los plazos de participación, no anticipar el precio final ni la cantidad adjudicada.
Fuentes
- Boletín Oficial del Estado, resolución de subasta de Obligaciones del Estado, BOE-A-2026-22997
- Banco de España, anuncio de emisiones para el 10 de noviembre de 2026
- Banco de España, calendario y anuncios de próximas subastas
- Boletín Oficial del Estado, Orden ECM/2/2026 sobre creación de Deuda del Estado
- Boletín Oficial del Estado, Orden ECE/930/2018 sobre la obligación indexada a la inflación
- OCU Inversiones, cómo interpretar el cupón y la rentabilidad de las obligaciones