
Casa 47 estrenó el 7 de septiembre de 2026 un portal que reúne convocatorias de alquiler público, explica los requisitos de cada promoción y permite seguir el proceso de adjudicación. La herramienta parte de 816 viviendas impulsadas entre dos convocatorias y del anuncio de que otras 1.500 se incorporarán sin una fecha cerrada. Su utilidad inmediata no consiste en garantizar una casa a quien complete un formulario, sino en concentrar información dispersa y ordenar el acceso a las viviendas ofertadas.
El portal separa las convocatorias según su situación: abiertas, anunciadas, en evaluación y resueltas. En cada ficha se pueden consultar la ubicación, la tipología de los inmuebles, los plazos y las condiciones para participar. Hay una zona pública destinada a la búsqueda y a orientar la solicitud y otra privada para quienes tengan una vivienda asignada. Ese espacio restringido servirá para gestionar documentación, consultas sobre el contrato e incidencias relacionadas con el inmueble.
Qué oferta está disponible
Casa 47 informa de una convocatoria de 645 viviendas recuperadas de Sareb y distribuidas entre Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Navarra y Asturias. A ellas se suman 171 viviendas de una convocatoria anterior, de modo que el total promovido entre ambas asciende a 816. La oferta no cubre todo el país ni todas las necesidades de vivienda asequible. El Gobierno ha anunciado la incorporación de otras 1.500 unidades sin precisar el calendario, pero cada persona interesada deberá comprobar en el portal cuáles figuran como abiertas y en qué municipios.
Una cifra anunciada como ampliación no equivale a una vivienda solicit-able el 8 de septiembre de 2026. El buscador permite separar lo disponible de lo que está en preparación y evita que la presentación institucional se confunda con una convocatoria concreta. También muestra las fases posteriores, de modo que las personas solicitantes puedan saber si un procedimiento está siendo evaluado o ya se ha resuelto.
La vivienda pública de Casa 47 se plantea con protección permanente. Según la información oficial, los contratos tendrán una duración inicial de 14 años y podrán prorrogarse en periodos de siete años hasta alcanzar un máximo de 75, siempre que se mantengan la mayor parte de las condiciones exigidas. El objetivo es ofrecer estabilidad residencial, aunque la continuidad no es automática al margen de los requisitos: las revisiones periódicas forman parte del diseño.
Quién puede solicitar una vivienda
Las reglas generales publicadas establecen dos filtros básicos. La unidad de convivencia no puede tener una vivienda en propiedad y sus ingresos conjuntos deben situarse entre dos y 7,5 veces el IPREM. Ese intervalo pretende dirigir la oferta a hogares con ingresos medios y trabajadores que quedan fuera de otros programas sociales, pero encuentran dificultades para acceder al mercado libre. Las condiciones concretas pueden variar entre convocatorias, por lo que el dato decisivo será el que figure en la ficha del inmueble y en sus bases.
La renta mensual tampoco será idéntica para todas las viviendas. Se calculará atendiendo a las características del inmueble y al límite fijado por la comunidad autónoma correspondiente. Casa 47 señala, además, que el alquiler no superará el 30 % de la renta media del municipio. Conviene no traducir esa regla en una cuota universal: el precio dependerá de la localización y de la vivienda, y el portal debe mostrar el importe aplicable a cada oferta.
La asignación no se realiza por orden de llegada. Entre las solicitudes que cumplan las condiciones se celebrará un sorteo ante notario. Se elegirá un número al azar y, a partir de él, se ordenarán las peticiones. A cada unidad de convivencia se le propondrá la primera vivienda disponible dentro del listado que haya indicado. Después llegará la comprobación documental y una asignación provisional.
La persona beneficiaria podrá visitar el inmueble antes de formalizar el alquiler. Si lo acepta y se confirma que cumple los requisitos, se firmará el contrato y se entregarán las llaves. Esta secuencia significa que enviar la solicitud no reserva directamente una vivienda y que una adjudicación provisional depende de la verificación de las condiciones.
Cómo usar el portal sin perderse
El primer paso útil es consultar las convocatorias abiertas y no limitarse al mapa general. Después hay que leer los requisitos de ingresos, propiedad, residencia y composición de la unidad de convivencia que aparezcan en las bases. También resulta recomendable preparar la documentación que acredite esos datos, aunque el portal indique en cada caso cuándo y cómo debe aportarse.
Quienes estén interesados en varias viviendas pueden ordenarlas según sus preferencias. Ese listado es relevante porque el sistema asignará la primera opción que siga disponible cuando llegue el turno de la solicitud. La elección no debería hacerse de forma automática: ubicación, tamaño, accesibilidad, coste y condiciones del contrato pueden cambiar de un inmueble a otro.
La puesta en marcha del portal mejora la visibilidad del parque estatal y aporta un procedimiento común, pero no elimina la escasez de oferta. Las 816 viviendas de las dos primeras convocatorias son una cantidad limitada frente a la demanda nacional. Su principal novedad es operativa: permite saber qué hay, quién puede optar, en qué fase está cada proceso y cómo se adjudica. La ampliación anunciada tendrá que medirse por las viviendas que aparezcan realmente en nuevas convocatorias.
Para la ciudadanía, la clave es distinguir entre el marco general y las bases de cada oferta. El tope de renta, la duración potencial del contrato y el sorteo ante notario describen el modelo. La posibilidad efectiva de participar dependerá del municipio, del plazo abierto, de los ingresos de la unidad de convivencia y del resto de condiciones publicadas. El portal convierte esa comprobación en un trámite más accesible, aunque la lectura cuidadosa de cada convocatoria sigue siendo imprescindible.