
La «Facilidad para promoción de vivienda social» gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) queda reducida de un máximo de 4.000 millones a 750 millones de euros. La modificación aparece en una adenda del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) publicada este 5 de septiembre en el Boletín Oficial del Estado. El ajuste supone una reducción del 81,25 % respecto al volumen previsto inicialmente.
La facilidad nació para canalizar financiación hacia promotores públicos y privados que construyeran o rehabilitaran viviendas destinadas al alquiler social o asequible y con criterios de eficiencia energética. El convenio original, firmado en 2024, permitía al ICO poner a disposición de los receptores finales hasta 4.000 millones de euros. La documentación publicada ahora sitúa el nuevo compromiso en 750 millones.
Qué cambia en la financiación
La adenda vincula la rebaja a la simplificación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Ese proceso revisó inversiones e instrumentos financieros antes de la finalización del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, prevista para el 31 de agosto de 2026. El texto no presenta la modificación como una nueva convocatoria, sino como una adaptación de los compromisos ya asumidos entre Vivienda y el ICO.
La tabla incorporada al convenio concentra los 750 millones en la anualidad de 2025 y consigna cero euros en 2024 y 2026. También fija en 1,875 millones de euros la comisión total de gestión y administración que el MIVAU abonará al ICO. Las competencias de seguimiento pasan de la Dirección General de Vivienda y Suelo a la Dirección General de Planificación y Evaluación.
El alcance práctico debe leerse con precisión: la publicación no equivale a que desaparezcan las operaciones ya formalizadas ni a que se cancelen automáticamente proyectos concretos. Lo que cambia es el techo financiero del instrumento y, con él, los compromisos de desembolso y los costes de gestión previstos en el convenio.
El aval público también baja
Una segunda adenda, publicada en el mismo BOE, ajusta el mecanismo de avales ligado a la facilidad. El máximo global pasa de 2.000 millones a 375 millones de euros, la mitad del nuevo volumen de financiación. El esquema mantiene así la proporción de cobertura máxima que contemplaba el diseño original.
La adenda de avales modifica además las reglas para una eventual sustitución del titular del préstamo. Si cambia la titularidad, la operación pierde el aval desde esa fecha, salvo que el nuevo titular reúna todas las autorizaciones exigidas para ser considerado receptor final. En las operaciones financiadas directamente, el ICO debe aprobar expresamente la subrogación después de evaluar al nuevo titular.
También se revisa el coste administrativo del aval. La previsión acumulada de comisiones que figuraba en el convenio era de 31 millones de euros hasta 2056. La nueva tabla la sitúa en 6.928.310,78 euros, con 572.060,78 euros en 2026 y cantidades decrecientes durante las anualidades posteriores.
De los 6.000 millones anunciados al marco actual
Cuando se puso en marcha el esquema en 2024, el Gobierno presentó un paquete de 6.000 millones: 4.000 millones en préstamos y una línea de avales de hasta 2.000 millones. Los préstamos podían financiar obra nueva, rehabilitación e incluso la compra de suelo o edificios destinados a ampliar el parque de alquiler asequible.
La fotografía que deja el BOE de septiembre de 2026 es mucho menor: 750 millones de financiación y 375 millones de aval máximo. La comparación no permite saber por sí sola cuántas viviendas dejarán de promoverse, porque el texto no ofrece una equivalencia entre euros, proyectos y viviendas, ni detalla en esta publicación la ejecución acumulada de la línea. Sí permite afirmar que el volumen contractual disponible se ha reducido de forma sustancial.
Para administraciones, entidades financieras y promotores, la consecuencia inmediata es que deben trabajar con los nuevos límites y con la estructura de gestión actualizada. Para valorar el efecto sobre el parque público y asequible harán falta datos posteriores de operaciones formalizadas, desembolsos realizados y viviendas efectivamente incorporadas. La adenda delimita el dinero; no acredita todavía el resultado residencial.