
La Fiesta de Moros y Cristianos de Calp ha recibido la declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional mediante una resolución de la Secretaría de Estado de Turismo publicada en el Boletín Oficial del Estado del 21 de septiembre de 2026. La disposición identifica expresamente la celebración de Calp, en Alicante, y concede el título estatal. La publicación convierte una decisión administrativa ya firmada el 22 de agosto en un acto oficialmente difundido y consultable en el BOE.
La declaración se enmarca en la Orden ICT/851/2019, que regula en España el procedimiento para reconocer fiestas de interés turístico nacional e internacional. La norma define el título como honorífico y permite que quien lo recibe lo haga constar en las acciones promocionales de la celebración, con indicación expresa de la resolución que lo concede. Esta precisión delimita el alcance inmediato de la decisión: se trata de un reconocimiento turístico y cultural, no de una norma que cambie por sí sola las fechas de las fiestas, el programa de actos o las competencias municipales y autonómicas sobre su organización.
La orden estatal reserva la declaración nacional para fiestas o acontecimientos que hayan sido declarados de interés turístico por la comunidad autónoma correspondiente desde al menos cinco años antes. Además, exige que constituyan manifestaciones de valores culturales y de larga tradición popular, con atención a sus rasgos etnológicos y a su importancia como atractivo turístico. Esos requisitos pertenecen al procedimiento general. La resolución publicada el 21 de septiembre no reproduce la memoria de la candidatura ni detalla cada elemento evaluado en el expediente de Calp, por lo que no permite atribuir a la decisión un motivo específico distinto del reconocimiento formal otorgado.
El reglamento sí permite entender qué documentación se valora en las solicitudes. Entre los aspectos que deben recogerse en la memoria explicativa están el origen, la historia y la antigüedad de la celebración, su continuidad, su valor cultural, la diversidad de sus actos y su capacidad para atraer visitantes. También se consideran el arraigo local y la participación ciudadana, la disponibilidad de alojamientos y servicios turísticos en el entorno, el cuidado del espacio urbano, monumental, natural y paisajístico, y un plan de difusión. La existencia de esos criterios no significa que cada uno se convierta en una condición de acceso para el público, sino que son referencias para la instrucción administrativa del expediente.
La norma distingue el escalón nacional del internacional. Para acceder a la declaración internacional, una fiesta debe haber mantenido el reconocimiento nacional durante al menos cinco años y acreditar circunstancias relevantes para la promoción exterior de España. La diferencia es relevante porque el título publicado para Calp es el nacional. No se trata de una declaración internacional ni de una categoría genérica que sustituya las denominaciones turísticas que pueda haber otorgado previamente la Comunitat Valenciana.
La resolución del BOE está firmada por la secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau, y señala que pone fin a la vía administrativa. El texto recoge las vías de recurso previstas con carácter general, pero no incorpora subvención, compromiso de gasto ni previsión de infraestructuras asociada a la declaración. Conviene separar, por tanto, el valor promocional que reconoce el título de cualquier anuncio presupuestario o de un calendario futuro. Si las entidades organizadoras anuncian campañas, programación o cambios logísticos vinculados al reconocimiento, esos extremos requerirán sus propios comunicados y documentos.
El efecto más inmediato para la celebración es la posibilidad de incorporar la distinción a su promoción con la referencia a la resolución de concesión. Para las administraciones y el sector turístico, la publicación añade una credencial estatal a un acontecimiento localizado en la Costa Blanca. Para las personas que planeen asistir, sin embargo, la declaración no sustituye la información práctica de cada edición, como fechas, recorridos, accesos, medidas de seguridad o aforos. Esos datos dependen de las convocatorias concretas y no aparecen en la resolución del 21 de septiembre.
El BOE publica en la misma sección otras decisiones sobre fiestas de interés turístico, lo que sitúa el caso de Calp en un procedimiento estatal aplicable a celebraciones de distintos territorios. El interés informativo no descansa solo en el nombramiento, sino en su alcance verificable: la Secretaría de Estado de Turismo ha reconocido oficialmente la Fiesta de Moros y Cristianos de Calp con el título nacional. La documentación reglamentaria permite entender qué se evalúa para esta categoría, mientras que la resolución marca el punto jurídico en el que ese reconocimiento queda publicado y puede citarse en las acciones de promoción.