
El Real Decreto 518/2026 modificó el Reglamento General de Circulación y empezó a aplicarse el 1 de octubre en las calles y carreteras españolas. Entre los cambios que ya deben tener en cuenta los conductores están el casco obligatorio para usuarios de patinetes, la edad mínima de 15 años y nuevas distancias al adelantar a ciclistas. También se modifican las normas para motoristas, peatones, autocaravanas y vehículos que circulan con nieve o en atascos.
La Dirección General de Tráfico presenta la reforma como un conjunto de medidas para proteger a los usuarios vulnerables de la vía: peatones, ciclistas, motoristas y personas que se desplazan en vehículos de movilidad personal. No todas las disposiciones se aplican a los mismos vehículos o tipos de vía. Además, dos exigencias para los patinetes y ciclomotores tienen una fecha posterior: el alumbrado permanente de los VMP y la obligación de usar casco homologado para ciclomotores comienzan el 1 de octubre de 2027.
Patinetes: casco desde los 15 años
Quien conduce un VMP debe tener al menos 15 años y llevar casco. También tiene que llevar un chaleco reflectante cuando circule de noche o con poca visibilidad. Fuera de los núcleos urbanos, la circulación se limita a vías segregadas del tráfico a motor, como una vía ciclista o un carril bici, salvo que una señal prohíba utilizar ese tramo.
El alumbrado permanente del vehículo, incluso durante el día, no es una obligación que empiece ahora. El Real Decreto fija su entrada en vigor para el 1 de octubre de 2027. Esa distinción evita confundir una norma vigente desde el 1 de octubre de 2026, como el casco, con otra que se aplicará un año después. La regla para las personas que usan una bicicleta, un ciclomotor o una motocicleta como parte de su trabajo también es más exigente: deben llevar casco y chaleco reflectante durante toda la actividad profesional.
Bicicletas: adelantamientos y circulación urbana
En carretera, el casco pasa a ser obligatorio para todos los ciclistas, sin las exenciones anteriores. Si un coche adelanta a una bicicleta, el conductor debe reducir la velocidad al menos 20 kilómetros por hora por debajo del límite de la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Cuando haya más de un carril por sentido, deberá cambiar completamente de carril para efectuar el adelantamiento.
La reforma incorpora normas urbanas para reducir conflictos entre bicicletas y vehículos. El ciclista debe circular preferentemente por el centro del carril. Quien conduzca un vehículo a motor detrás de una bicicleta que avance por ese mismo carril debe dejar una distancia de seguridad mínima de cinco metros. En calles de un único carril cuya velocidad máxima sea de 30 kilómetros por hora, el ayuntamiento puede permitir que las bicicletas circulen en ambos sentidos mediante la señalización correspondiente. No debe darse por supuesto que la doble dirección está habilitada en cualquier calle de esa clase.
Cambios para motos, peatones y calles
Los motoristas deben usar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. La norma también permite que las motocicletas utilicen el arcén derecho en situaciones de congestión, siempre que el tramo esté señalizado para ese uso y no se supere una velocidad de 30 kilómetros por hora. La obligación de casco homologado, en lugar de simplemente certificado, para usuarios de ciclomotores comenzará el 1 de octubre de 2027.
En calles con plataforma única, donde acera y calzada están al mismo nivel, las personas a pie tienen prioridad. También se establece como regla general que no coincidan la luz verde de peatones y la luz amarilla intermitente para los vehículos en pasos con semáforo. El reglamento reconoce jurídicamente los caminos escolares seguros, itinerarios acondicionados para que menores puedan llegar a los centros educativos caminando, en transporte público o por medios no motorizados.
Se eliminan excepciones que permitían a determinados conductores, incluidos taxistas, profesionales del transporte de mercancías y profesores de autoescuela, circular sin cinturón en circunstancias previstas por la normativa anterior. La reforma conserva una excepción concreta para las personas que viajan en el habitáculo de un paciente de una ambulancia asistencial cuando el vehículo presta un servicio de urgencia.
Reglas ante nieve, averías y retenciones
En autopistas y autovías donde la nieve dificulte la circulación, queda prohibido adelantar y los vehículos deben usar el carril derecho para dejar libre el izquierdo a quitanieves y servicios de emergencia. Si se forma una retención y los coches circulan muy despacio o quedan detenidos, deben apartarse dentro de sus carriles para dejar un espacio de paso para los vehículos prioritarios.
La obligación de abrir un pasillo cambia según el número de carriles. En carreteras con dos carriles, los vehículos de cada sentido deben orillarse a su lado para dejar libre el centro. En tramos con tres carriles, quienes circulen por el izquierdo se acercan al lado izquierdo, mientras que quienes estén en los carriles central y derecho se desplazan a la derecha. La maniobra debe dejar un corredor continuo para ambulancias, bomberos y otros servicios prioritarios.
Al rebasar un vehículo inmovilizado por accidente, avería, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico, hay que conservar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía. Esa precaución se aplica también al pasar junto a vehículos detenidos por trabajos en carretera, no solo a un coche particular con una avería.
Qué conviene revisar en cada desplazamiento
Quienes usan patinete deberían comprobar primero que cumplen la edad mínima y llevan el casco exigido desde el 1 de octubre de 2026. Quienes circulan en bicicleta o adelantan a ciclistas deben adaptar tanto la velocidad como la distancia. Los motoristas deben incorporar los guantes para los trayectos interurbanos y el calzado cerrado en toda clase de vías. Para cualquier conductor, conocer de antemano cómo formar un carril de emergencia puede ayudar a abrir espacio cuando se produzca una retención.
La reforma no convierte en idénticas las reglas de las calles y las carreteras. El casco para ciclistas se refiere a las vías interurbanas, mientras que el cambio de carril completo al adelantar depende de que exista más de un carril por sentido. Los VMP tienen condiciones propias de edad, casco, visibilidad y tipo de vía. Conviene atender también a la señalización local, especialmente en calles urbanas de 30 kilómetros por hora y en los tramos donde se permite a motocicletas usar el arcén durante una congestión.
El Real Decreto 518/2026 fijó una fecha posterior para dos requisitos: el alumbrado permanente de los VMP y el casco homologado de los usuarios de ciclomotores, ambos desde el 1 de octubre de 2027. El resto de las modificaciones resumidas aquí ya rige desde el 1 de octubre de 2026. Consultar el texto oficial permite distinguir las obligaciones vigentes de las que empezarán dentro de un año y evitar aplicar a todos los vehículos una regla que solo corresponde a un grupo o a una clase de vía.