Los partidos y coaliciones tienen hasta la medianoche de este lunes, 26 de octubre, para registrar sus candidaturas al Congreso y al Senado de las elecciones generales del 29 de noviembre. Las listas deben presentarse ante las juntas electorales provinciales. Anunciar una persona cabeza de lista o cerrar un acuerdo político no completa el trámite: la candidatura tiene que quedar registrada oficialmente en cada circunscripción en la que vaya a concurrir.

La fecha límite se deriva del calendario abierto con la convocatoria publicada en el Boletín Oficial del Estado el 6 de octubre. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que las candidaturas se presentan entre el decimoquinto y el vigésimo día posterior a esa convocatoria. El 26 de octubre cierra ese intervalo para las formaciones que aspiran a participar en la votación del domingo 29 de noviembre.

Qué deben presentar los partidos antes de que acabe el día

La documentación se entrega a la Junta Electoral Provincial correspondiente. La ley permite presentar candidaturas a partidos y federaciones inscritos, coaliciones formalizadas y agrupaciones de electores que acrediten los apoyos requeridos. La solicitud debe identificar a la formación que la promueve y a las personas candidatas, acompañar su aceptación y aportar los documentos que acrediten que cumplen las condiciones para ser elegidas.

En el Congreso, las listas se organizan por circunscripción provincial y deben incluir tantos candidatos como escaños se eligen. La convocatoria fija el número de diputados de cada provincia, por lo que la composición de las listas no es idéntica en todo el país. Ninguna persona puede figurar en más de una circunscripción ni formar parte de más de una candidatura.

La normativa también exige una composición paritaria en las listas al Congreso: mujeres y hombres deben alternarse en el orden de las candidaturas. La regla se aplica al conjunto de la lista, incluidos los suplentes. En el Senado, los electores votan a candidatos individuales, aunque los partidos pueden agruparlos en listas. Cuando se presenten agrupados, también deben cumplir la regla de paridad.

Los partidos que no tuvieron representación en ninguna de las cámaras en las elecciones anteriores necesitan reunir firmas de apoyo equivalentes al 0,1 % del censo de cada circunscripción donde se presentan. Las agrupaciones de electores deben acreditar el respaldo del 1 % de las personas inscritas en ese censo. El umbral de las agrupaciones, el 1 %, equivale a diez veces el porcentaje exigido a partidos sin representación, aunque ambos se calculan sobre el censo de cada circunscripción. Esos avales acompañan la documentación de la candidatura y no se pueden sustituir por el anuncio público de que una lista está preparada.

El registro del 26 de octubre no convierte la lista en definitiva

El primer control llega después del cierre del plazo. Las candidaturas presentadas se publicarán el miércoles 28 de octubre en el BOE, pero esa publicación todavía no significa que las listas estén definitivamente proclamadas. Las juntas electorales revisan los documentos y pueden señalar defectos formales o irregularidades, tanto de oficio como tras las observaciones que formulen otros representantes.

La ley prevé un plazo para corregir los defectos comunicados. Las juntas deben informar de las irregularidades y las formaciones disponen de 48 horas para subsanarlas. La proclamación de candidaturas está prevista para el 2 de noviembre y la publicación definitiva en el BOE, para el 3 de noviembre. Por eso, una lista anunciada por un partido y una candidatura ya proclamada son estados distintos del proceso.

La revisión puede afectar a nombres, avales, documentación de elegibilidad o a la composición legal de una lista. Cuando una candidatura no cumple los requisitos, la Junta Electoral no debe proclamarla. La ley contempla además un plazo de dos días para que las personas excluidas o las candidaturas afectadas recurran los acuerdos de proclamación ante la jurisdicción contencioso-administrativa. El calendario continúa después con los recursos que puedan presentarse.

Por qué el cierre provincial importa al votante

El registro determina en qué circunscripciones competirá cada formación y quiénes aparecerán en las papeletas. También concreta el orden de las candidaturas al Congreso, una lista cerrada en la que la posición de cada persona forma parte de la propuesta electoral. En el Senado, la papeleta permite elegir candidatos individuales dentro de los límites aplicables a cada territorio. La identidad de las candidaturas y su situación jurídica condicionan, por tanto, la información que tendrá el elector antes de votar.

La provincia es la unidad de candidatura para las elecciones al Congreso, pero el número de escaños varía según el territorio. La convocatoria asigna, por ejemplo, 38 diputados a Madrid, 32 a Barcelona y 16 a Valencia. En las provincias se eligen además cuatro senadores. Las circunscripciones insulares y las ciudades de Ceuta y Melilla tienen reglas específicas para el número de representantes que eligen.

Las juntas reciben las listas, dejan constancia de la fecha y hora de cada entrega y expiden un recibo. Esa formalización permite distinguir entre las conversaciones internas que aún puedan estar cerrándose y la relación de personas que una formación presenta efectivamente ante la autoridad electoral. También deja un registro verificable si más tarde hay que corregir o recurrir una decisión.

La campaña empezará el 13 de noviembre

Una vez proclamadas las candidaturas, la campaña oficial ocupará quince días, del 13 al 27 de noviembre, según el decreto de convocatoria. La votación será el domingo 29. Entre el cierre del 26 de octubre y el inicio de la campaña queda una fase de revisión administrativa y judicial, además del tiempo que necesitan los partidos para comunicar sus listas definitivas.

El calendario ayuda a leer los anuncios políticos con precisión durante estas semanas. El plazo del 26 de octubre cierra la presentación, el 28 de octubre se publicará el primer listado y el 2 de noviembre se proclamarán las candidaturas que hayan superado la revisión. La papeleta definitiva no queda fijada por una rueda de prensa ni por una lista interna: depende del registro, de la comprobación de los requisitos y de las resoluciones que puedan dictarse antes de la votación.