Si en tu municipio hay una cantera, una explotación minera o una instalación de residuos, el plan de restauración puede influir en el agua, el paisaje, la seguridad de los terrenos y los posibles usos del espacio restaurado. Queremos que puedas distinguir qué reglas siguen vigentes y cuáles forman parte de una propuesta. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha abierto una audiencia pública sobre un proyecto que modificaría el Real Decreto 975/2009, la norma estatal sobre residuos de industrias extractivas y rehabilitación del espacio minero.

El plazo de participación empezó el 27 de octubre y termina el viernes 4 de diciembre de 2026. La consulta continúa abierta en la fecha prevista para publicar esta noticia, el 29 de octubre. El documento es un borrador, no una norma aprobada. A 29 de octubre de 2026, el Real Decreto 975/2009 sigue vigente.

El proyecto precisa qué se entiende por restaurar

La norma actual ya exige planes de restauración y medidas para reducir los efectos de la actividad minera. El proyecto concreta objetivos ecológicos que la norma actual desarrolla menos. Entre ellos figuran mantener o recuperar la conexión entre hábitats, reducir la fragmentación del paisaje, proteger la geodiversidad y fortalecer la biodiversidad en las fases de explotación y cierre. También incorpora la adaptación al cambio climático a las medidas de revegetación y prevé compensar los impactos que no puedan prevenirse o reducirse.

La propuesta permitiría que el suelo restaurado tenga usos distintos de los agrícolas o forestales, como actividades recreativas, deportivas, industriales, culturales o ambientales. Tendrían que ser compatibles con la seguridad de las personas, los bienes y el medio ambiente. Esto importa porque restaurar no significa necesariamente devolver cada parcela a su uso anterior. El plan debe explicar qué se hará y con qué condiciones.

El borrador también ordena mejor la relación entre la autorización minera y la evaluación ambiental. Si un proyecto está sometido a evaluación de impacto ambiental, su plan de restauración formaría parte de la documentación evaluada. Además, diferencia cambios sustanciales y no sustanciales en esos planes. Para ciertos trabajos de investigación minera plantea un procedimiento simplificado, limitado a actuaciones que no afecten de forma apreciable a espacios de la Red Natura 2000 ni incluyan instalaciones de residuos, frentes piloto o galerías de investigación.

Garantías y controles para las instalaciones

Uno de los cambios prácticos sería calcular las garantías económicas con una metodología común para todo el Estado. El borrador vincula el importe al trabajo de restauración pendiente y al coste que tendría ejecutarlo mediante terceros independientes y cualificados. Propone actualizarlo conforme avanzan las fases del proyecto y revisar las garantías, como mínimo, cada cinco años. Si se ejecuta una garantía, los fondos quedarían destinados a las actuaciones de restauración correspondientes. El texto diferencia las garantías para restaurar el espacio afectado de las vinculadas a las instalaciones de residuos mineros. Para las comunidades próximas, esa separación permite plantear preguntas concretas sobre qué trabajos cubre cada importe, qué coste se toma como referencia y cuándo se actualiza.

También plantea reforzar los estudios geológicos, geotécnicos, hidrológicos y sísmicos de balsas, presas y escombreras mineras. La evaluación tendría en cuenta riesgos de inundación, movimientos del terreno y estabilidad en las fases de actividad y cierre. Para quienes viven o trabajan cerca de una instalación, la cuestión concreta es qué riesgos se estudian, qué medidas se incorporan y quién verifica que el plan se cumple.

La regulación europea sobre residuos extractivos ya fija el objetivo de evitar o reducir efectos adversos para la salud y el medio ambiente y de mantener la estabilidad de las instalaciones a largo plazo. La reforma española intenta concretar cómo se planifican, garantizan y revisan esas obligaciones. La restauración minera también necesita objetivos medibles y seguimiento. Una superficie cubierta de vegetación, por sí sola, no demuestra que el terreno sea estable ni que el uso futuro sea seguro y adecuado para su entorno.

Qué propone para las minas históricas

El proyecto añade una disposición específica para terrenos donde persisten riesgos o afecciones de una actividad minera anterior al 15 de noviembre de 1982. Su tratamiento requiere atención: el borrador dice que las obligaciones del Real Decreto no serían exigibles a esos espacios, aunque sus criterios técnicos podrían servir de referencia. A la vez, permitiría exigir medidas a la empresa explotadora responsable o a quienes hayan sucedido en sus derechos y obligaciones. Si no existen o no pueden identificarse, podrían exigirse al propietario del terreno conforme a la Ley 7/2022.

La diferencia entre una explotación actual y un pasivo histórico condiciona quién tendría que actuar. Por eso, si el asunto afecta a una parcela o a una comunidad próxima, conviene revisar el texto propuesto y plantear observaciones concretas sobre responsabilidades, seguridad y restauración. El proyecto no declara que todos los terrenos mineros antiguos estén contaminados o sean peligrosos. Define cómo tratar aquellos en los que persistan riesgos o afecciones.

El borrador prevé además un inventario público de huecos mineros abandonados, con valoración de su idoneidad para usos como energías renovables, suelo industrial o terciario, rellenos con residuos no peligrosos adecuados y actividades recreativas, deportivas, culturales o ambientales. Si la norma se aprueba en estos términos, el inventario tendría que estar disponible desde el 1 de julio de 2029 y revisarse al menos cada cinco años.

Cómo enviar una aportación

El MITECO abrió la audiencia el 27 de octubre y recibirá aportaciones hasta el 4 de diciembre de 2026. La convocatoria se dirige a ciudadanos que tengan derechos o intereses legítimos afectados por el proyecto. El expediente de participación del Ministerio reúne el borrador, la memoria de impacto y las instrucciones vigentes para presentar observaciones. Consulta allí el canal y las condiciones actualizadas para presentar tu aportación dentro del plazo que termina el 4 de diciembre de 2026.

Para preparar el contenido, identifica el artículo o requisito que te afecta, explica su efecto en una zona o instalación concreta y plantea el ajuste que consideras necesario. Una referencia a un cauce, un terreno, una fase de restauración o una garantía permite valorar mejor la propuesta que una petición general. También puedes centrar la observación en un asunto que el proyecto sí modifica, como las revisiones de garantías, los usos posteriores o el inventario público de huecos mineros.

El expediente, los anexos y el formulario están disponibles en la página de participación del MITECO. El plazo termina el 4 de diciembre. La audiencia permite proponer cambios en esta fase, pero no anticipa cuál será el texto definitivo ni sustituye las obligaciones que ya recoge la norma vigente.