La Orden TED/1122/2026 entra en vigor el 28 de octubre de 2026 y establece cómo se sustituirán los contadores analógicos de gas por equipos inteligentes. El calendario se extiende durante una década y obliga a las empresas titulares de las redes a implantar el cambio por etapas. Para los hogares y los pequeños negocios, la norma prevé lectura remota, acceso gratuito a los datos diarios y una sustitución sin coste, salvo que la instalación interior necesite una adaptación relevante por incumplir requisitos de seguridad.

El BOE publicó la orden el 27 de octubre de 2026 y su entrada en vigor se produce el 28 de octubre de 2026. No significa que los contadores vayan a cambiar hoy ni que el usuario tenga que solicitarlo. La distribuidora deberá organizar las visitas, comunicar con antelación cuándo se sustituirá cada equipo e informar de las opciones de propiedad o alquiler.

Un calendario que llegará a todos los contadores por fases

El plan se dirige a los puntos de suministro con un consumo anual igual o inferior a 50.000 kWh, un umbral que incluye la mayoría de los hogares y numerosos pequeños negocios. Los titulares de las redes deben sustituir los contadores analógicos e integrarlos en sus sistemas de telegestión. El calendario fija como mínimo un 20 % del parque en los tres años posteriores al 28 de octubre de 2026, un 50 % en los cinco años posteriores y un 80 % en los siete años posteriores. El paso del 20 % al 50 % añade 30 puntos porcentuales. La sustitución completa debe terminar antes del 28 de octubre de 2036.

Los hitos se calculan sobre el parque instalado de cada grupo empresarial, no como una fecha individual común para todos los clientes. Una vez terminado el despliegue, la empresa podrá conservar sin sustituir como máximo un 2 % de los equipos cuando existan causas que no le sean imputables y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia lo apruebe. La orden permite además excepciones temporales si la falta sobrevenida de equipos impide cumplir el calendario.

Los puntos con un consumo anual superior a 50.000 kWh y de hasta 5 GWh quedan en otro tramo. Para ellos, los titulares de red deben instalar telelectura o, cuando proceda, contadores inteligentes. Ese calendario prevé al menos la mitad de los puntos cubiertos en cinco años, el 80 % en siete y el despliegue completo en diez. La norma también fija un umbral de 50.000 kWh para la telemedida en suministros industriales o comerciales conectados a redes con presión de diseño de hasta 60 bar.

Qué tendrá que comunicar la distribuidora

La persona titular del suministro deberá recibir el aviso de que se instalará un nuevo contador con al menos tres meses de antelación. La comunicación identificará el equipo afectado, la fecha prevista, las características técnicas y los modelos compatibles. También explicará si el usuario puede elegir un contador en propiedad o mantenerlo en alquiler, el precio aplicable y cómo comunicar esa elección.

La cita concreta debe notificarse al menos quince días naturales antes. La distribuidora indicará una franja horaria de cuatro horas como máximo y facilitará un teléfono gratuito para solicitar otro día u hora sin coste adicional. Si el contador está en una zona común o accesible, la sustitución puede hacerse aunque el titular no esté presente. Si una visita resulta infructuosa, el consumidor tendrá diez días hábiles para concertar otra fecha a través del canal indicado.

El cambio del equipo no se cobrará al titular, tanto si opta por un contador propio como si lo mantiene en alquiler. Hay una excepción: si el técnico detecta que la instalación interior requiere una adaptación relevante por incumplir la normativa técnica y de seguridad, el usuario deberá corregirla con un instalador autorizado. La distribuidora no podrá aplicar el nuevo precio de alquiler antes de que el equipo esté integrado en su sistema de telegestión y el consumidor pueda acceder a los datos.

Lecturas diarias y acceso a los datos

Los contadores inteligentes transmitirán el consumo diario al sistema de gestión de la distribuidora. La norma exige que los datos estén disponibles con un desfase máximo de tres días y que el cliente pueda consultarlos sin coste por internet o mediante una aplicación. El acceso abarcará los 24 meses anteriores, o el periodo más corto desde el inicio del contrato si todavía no lleva dos años. Los consumidores también podrán revisar los datos acumulados por periodos de facturación de al menos los tres años anteriores, con la misma salvedad si su contrato es más reciente.

El equipo deberá permitir comunicación bidireccional segura, registrar alarmas y almacenar al menos 65 lecturas diarias. La distribuidora elegirá una tecnología de comunicación adecuada a cada zona y publicará las características de los equipos que vaya a instalar. Para reducir riesgos de ciberseguridad y proteger los datos personales, el protocolo deberá utilizar cifrado y autenticación segura, además de ajustarse a las normas de protección de datos.

Entre las funciones previstas está el corte remoto del suministro en determinados puntos de baja presión. Esta prestación técnica no elimina las garantías de aviso y actuación que regula la orden. Antes de la visita, el consumidor debe recibir información sobre el equipo, el precio del alquiler si lo hay, cómo pedir un cambio de cita y a qué canal gratuito acudir para resolver dudas o reclamar.

Qué puede comprobar el consumidor

Desde la entrada en vigor del 28 de octubre de 2026, el primer paso corresponderá a las distribuidoras: deberán publicar sus planes de implantación, identificar los equipos compatibles y empezar a cumplir los hitos fijados. La norma no asigna a cada vivienda una fecha única de sustitución ni requiere que los usuarios pidan turno por su cuenta. Conviene desconfiar de comunicaciones que soliciten pagos por la visita o datos bancarios para instalar el equipo. La orden establece que el cambio es gratuito, con la salvedad de las adaptaciones interiores necesarias por incumplimientos de seguridad.

Cuando llegue el aviso, el titular podrá comprobar qué contador se sustituirá, cuál es la fecha y qué modelos son compatibles. Si la franja propuesta no le encaja, tendrá un teléfono gratuito para pedir otra sin abonar la gestión. Tras la instalación, podrá acceder a los consumos diarios y descargar su histórico.

Con la orden ya vigente, comienza el periodo para que el sector despliegue los equipos de manera progresiva hasta completar el plan en diez años. El beneficio para el consumidor dependerá de que el contador instalado esté integrado en la red de telegestión y de que la plataforma de datos funcione. Por eso, la norma condiciona el nuevo alquiler a ambas cosas y obliga a las distribuidoras a mantener vías gratuitas de atención durante el proceso.